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Ganancias y Bienes Personales: cerró el año fiscal y los expertos dan sus consejos para tener los papeles al día


Ganancias y Bienes Personales: cerró el año fiscal y los expertos dan sus consejos para tener los papeles al día

02/01/2013 Tal como establece la ley para ambos tributos, los particulares deben determinar su situación impositiva al 31 de diciembre. Especialistas señalaron qué documentación es necesaria para cumplir con esta obligación. Tips para que armar la declaración jurada no se convierta en un dolor de cabeza
Por Gonzalo Chicote
Última actualización: 02/01/2013 6:01:19 am
Cada vez que comienza un nuevo año, muchos argentinos preparan los valijas para irse de vacaciones o ultiman los detalles para hacerlo en las semanas subsiguientes.
Sin embargo, los contadores están pensando -además- en algo que consideran muy importante: cada 31 de diciembre cierra otro ejercicio fiscal para las personas físicas que deben liquidar los Impuestos a las Ganancias Bienes Personales

Y, si bien la presentación de las declaraciones juradas se realiza en abril, los profesionales saben que es fundamental que sus clientes tengan todos los papeles al día para evitar dolores de cabeza a último momento porque hay rubros (saldos bancarios, bienes inmuebles, moneda extrajera, entre otros) que deben valuarse al cierre y, además, deban analizarse movimientos (operaciones realizadas).

Por esta razón, muchos profesionales pusieron sobreaviso a sus clientes sobre lo que va a venir enviándoles una carta donde les recuerdan qué documentación es relevante para confeccionar las liquidaciones respectivas. 

No obstante, pueden existir igualmente dudas y no todos los contribuyentes saben exactamente cuáles son los papeles que deben tener a mano. Por esta razón, iProfesional.com dialogó con especialistas en la materia quienes aportaron algunos tips para que calcular los gravámenes no se convierta en un caos.

Al respecto, Iván Sasovsky, titular del estudio Sasovsky & Asociados, sostuvo que "muchas veces se comenten errores evitables, que pueden traducirse en mayores costos para el obligado actuando con previsión antes de llegar a que termine el año".

Consejos que deben tener en cuenta los particulares
Ganancias y Bienes Personales no son lo mismo de modo que la documentación a recabar también debe atender a estas diferencias.

En esa línea de ideas, Sasovsky remarcó que "es importante tener en cuenta que el Impuesto a las Ganancias es un tributo de ejercicio anual, es decir, que se genera durante todo un año desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre". 

"Teniendo en cuenta esto, toda las operaciones, decisiones y acciones que se realicen durante esos 12 meses, generan tanto directa como indirectamente un reflejo que se manifestará en la declaración jurada del impuesto. Por lo cual, la falta de documentación oportuna de los hechospuede traer aparejada una complicación futura", sostuvo.

Desde la perspectiva de Bienes Personales, el experto destacó que "este tributo se determina a un momento determinado, 31 de diciembre de cada año, por lo que los datos a recabar para su determinación deben responder a ese momento puntual y las valuaciones se realizan al valor fiscal a ese día".

Otra de las dudas que se presentan todos los años tiene que ver con la gravabilidad de los depósitos en cajas de ahorro en moneda extranjera. 

Al respecto, Sasovsky indicó que "hay que tener en cuenta que todos los depósitos que se encuentren en cajas de ahorro en pesos y/o en moneda extranjera no se encuentran alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales".

En tanto, la consultora tributaria Betina Yerien afirmó que "es aconsejable que vayan reuniendo eldetalle de ingresos, gastos y movimientos patrimoniales del período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del 2012 y, por supuesto, copia de la documentación respaldatoria".

Qué papeles reclaman los contadores
Los especialistas consultados por iProfesional.com coincidieron en que la documentación que será relevante se puede dividir en cinco grupos: ingresos ordinarios, extraordinarios, egresos, patrimonio e información adicional.

Al respecto, Mario Buedo, socio del estudio Montero & Asociados, señaló que, respecto del primer ítem, es necesario contar con los papeles de "los ingresos correspondientes y/o cobrados durante el año 2012":
  • Provenientes de actividad en relación de dependencia (recibos de sueldo, gratificaciones y premios, entre otros) y que se hayan cobrado durante 2012. Deben incluir también el Formulario F649 por ese año que debe solicitarse al empleador.
  • Facturas de venta y/o servicios confeccionadas y cobradas durante ese ejercicio, como así también las confeccionadas en años anteriores y cobradas en el transcurso del 2013.
  • Dividendos y retiros provenientes de participaciones en sociedades. A tal efecto se debe adjuntar fotocopia de los estatutos y los balances cerrados al 31 de diciembre o fecha anterior más cercana como socio o accionista y como miembro de órganos de dirección y administración.
  • Facturas y/o recibos por cobro de alquileres o arrendamientos de inmuebles y de bienes muebles.
Además, deben incluir "en caso de duda, los de diciembre del año anterior y de enero del presente año. La documentación indicada se refiere a los ingresos tanto del país como del exterior", destacó Buedo.
En cuanto a los otros ingresos, el experto aseguró que los contribuyentes deberán poseer "la documentación que respalde aquellos generados y/o cobrados durante 2012, tanto del país como del exterior".

En concreto, será necesario obtener información sobre:
  • Intereses por depósitos a plazo fijo.
  • Rentas generadas por títulos valores o fondos comunes de inversión.
  • Préstamos recibidos de instituciones bancarias, sociedades o personas.
  • Detalle de bienes vendidos durante el año 2012 en el país y en el exterior.
  • Venta de títulos y acciones.
  • Cualquier otro ingreso.
En cuanto a los egresos y gastos, Buedo sostuvo que es preciso contar con:
  • Extractos bancarios de todas las cuentas de 2012, en particular el saldo al 31 de diciembre de este año.
  • Resúmenes de tarjetas de crédito abonadas durante ese ejercicio.
  • Comprobantes de gastos generales (honorarios pagados, seguros médicos y técnicos, viajes, indumentaria, congresos, libros, cursos, teléfono celular, gastos del auto, del consultorio, entre otros).
  • Comprobantes de pago de servicios de la casa (teléfonos, gas, luz, expensas, entre otros) y de servicio doméstico.
  • Pagos de autónomos y/o seguridad social nacional y/o provincial.
  • Abono de medicina privada del grupo familiar.
  • Detalle de bienes adquiridos durante el año con sus respectivos comprobantes y/o escrituras (en el país y en el exterior). Para el caso de aportes a fideicomisos, es necesario adjuntar comprobante de pago del impuesto sobre los bienes personales -acciones y participaciones- efectuado por el fideicomiso.
En tanto, es de vital importancia que los interesados junten información adicional, tal como:
  • Comprobantes de retención del Impuesto a las Ganancias.
  • Anticipos ingresados a cuenta del período fiscal 2011 del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
  • Detalle de la composición del grupo familiar (nombre completo, número de documento cónyuge y monto de ingresos anuales, nombre de los hijos y fechas de nacimiento, personas a su cargo).
  • Ingreso total anual del cónyuge.
  • Donaciones efectuadas a instituciones sin fines de lucro.
  • Herencias recibidas.
  • Premios por juegos de azar, loterías, quinielas.
  • Detalle de deudas contraídas durante 2012 y de los pagos totales o parciales de deudas existentes al 31 de diciembre de 2011.
Por último, Buedo explicó que será necesario contar con "documentación respaldatoria de los bienes existentes tanto en el país como en el exterior al 31 de diciembre de 2012".
Para ello se requerirá:
  • Existencia de dinero en efectivo: monto estimado de dinero en efectivo.
  • Saldos de cuentas bancarias: acompañar extracto del que surjan los saldos, tipo y número de cuenta y CBU.
  • Automotores, motos, embarcaciones: acompañar fotocopia del título de propiedad.
  • Inmuebles, mejoras, obras en curso. Además de la documentación que respalde la adquisición, es preciso acompañar copia del último impuesto inmobiliario o alumbrado, barrido y limpieza donde conste la valuación fiscal asignada por Rentas. En caso de haber sido adquirida para vivienda y contar con una hipoteca, informar el saldo de deuda al 31 de diciembre de 2012.
  • Inversiones financieras, plazos fijos, acciones con y sin cotización: acompañar estado de cuenta de la Caja de Valores.
  • Participaciones en sociedades, valuación patrimonial proporcional: identificación de la sociedad, CUIT, cantidad de acciones, valores nominales.
  • Préstamos otorgados a sociedades o personas: denominación y número de CUIT, monto prestado, intereses pactados.
  • Honorarios facturados y no cobrados: identificación del cliente, número de CUIT.
  • Derechos de uso (tiempos compartidos, cementerios privados) y de cualquier tipo, registrables o no.
  • Artículos suntuarios: obras de arte, joyas.
  • Impuestos sobre los Bienes Personales o similares pagados en el exterior durante el año 2012.
Con toda esta información, los profesionales estarán en condiciones de armar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales de cada cliente.
Datos para determinar el consumo
Por último, otro de los factores que será necesario determinar es el consumo que realizó el contribuyente durante el 2012.

Al respecto, Sasovsky afirmó que, por lo general, se solicitan los siguientes datos:
  • Total de pagos en el año con tarjetas de crédito y débito.
  • Gastos de inmuebles (incluyendo expensas de edificios, country, tiempos compartidos).
  • Gastos de automóvil no afectados a la profesión (seguros, patentes, reparaciones, entre otros).
  • Gastos de bienes muebles no afectados a la generación de ingresos.
  • Detalle de erogaciones significativas (entre otros: viajes al exterior, fiestas, eventos, intervenciones quirúrgicas sin cobertura de sistema social o prepaga).
  • Cuotas de colegios privados y otras instituciones de enseñanza.
  • Cuotas de instituciones deportivas y de recreación.
  • Suscripciones a revistas nacionales o extranjeras.
  • Sueldos a personal doméstico (mucamas, choferes, jardineros, entre otros).
  • Extractos bancarios del año.
  • Cajas de seguridad.
  • Otros datos relacionados con su consumo.
De esta manera, los profesionales podrán confrontar el nivel de consumo emergente de la liquidación de impuestos confeccionada.

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