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Sintonía fina "para todos": el Gobierno va en busca de una "nueva caja" y apunta a gravar la renta financiera
30/05/2012 El “preciado botín” está calculado sobre una gran cantidad de operaciones que mueven varios miles de millones. Se busca que algunas transacciones paguen Ganancias. La idea de engrosar las arcas del Estado también forma parte del plan Antievasión III, adelantado por iProfesional.com 
Por Hernán Gilardo
    El mensaje es claro: la "sintonía fina" implica que todos los sectores deben poner su partepara que la economía atraviese esta etapa donde el hilo conductor es la emergencia de caja.

    El Gobierno ha advertido sobre el riesgo de un exceso en las negociaciones salariales, ha argumentado a favor de revaluar las propiedades rurales, tiene en carpeta nuevas iniciativas tendientes a captar ingresos en sectores como minería, energía y bancario.

    En ese contexto, en el que debe defender medidas impopulares, como el sostenimiento del cuestionado Impuesto a las Ganancias, muchos consideraban casi obvio que surgieran en el Gobierno propuestas tendientes a gravar la renta financiera -un concepto que puede leerse dentro de las medidas de la mayoría de las plataformas políticas electorales- pero que hasta ahora ningún partido llegó a concretar. 
    Ya lejos del efecto del “manotazo” al dinero de las AFJP y en medio de un estricto “corralito cambiario” que reduce a la mínima expresión la compra de dólares, esta medida es percibida, además, como la posibilidad de avanzar en una “nueva caja”, que le daría al Gobierno un poco de aire para afrontar los problemas que atraviesa en el plano fiscal. Y así solventar un gasto público que los economistas calculan en u$s250.000 millones para 2012.
    El “preciado botín”, calculado sobre la base de operaciones realizadas por varios miles de millones de dólares anuales, se conformaría de la aplicación del Impuesto a las Ganancias a una alícuota de hasta el 35%. 

    Actualmente, sólo las empresas pagan tributos sobre la renta financiera mientras que las personas físicas se encuentran exentas o no alcanzadas.
    Por ejemplo, si una compañía vende acciones que cotizan en bolsa debe pagar el correspondiente gravamen. En cambio, si se trata de un inversor, la operación se encuentra exenta.

    El plan Antievasión III, que fuera adelantado por iProfesional.com, ya incluye varias iniciativas que le permitirían al Estado hacerse de nuevos ingresos de dinero.   
    Renta financiera y los "puntos sobre las ies"A fin de dejar en claro cuáles son los conceptos que le permitirían al Estado hacerse de una "nueva caja", Mario Volman, socio del Estudio Kaplan, Volman & Asociados detalló los aspectos que gozan actualmente de la liberalidad, siempre que se trate de una persona física.

    La siguiente infografía permite ver el detalle de los mismos:
    En primer término, los intereses obtenidos por un plazo fijo o por depósitos en cajas de ahorro –ya sean en dólares o en pesos- se encuentran exentos en Ganancias.
    Igual situación se da con la renta de los títulos públicos, tanto en moneda local como extranjera.
    También están eximidos del pago del tributo los cupones de obligaciones negociables con oferta pública y los cupones de valores representativos de deuda de fideicomisos financieros.
    En tanto, las diferencias de cambio generadas por las operaciones de compraventa de divisas no están alcanzadas por el impuesto.
    Asimismo, un apartado interesante refiere a la compraventa de acciones. Si los títulos valores cotizan en bolsa, la ganancia se encuentra exenta del pago del tributo. Por el contrario, si no cotizan en bolsa, la utilidad se encuentra gravada. 
    Por último, la compraventa ocasional de acciones (es decir, aquellas transacciones que no forman parte de las efectuadas por un operador habitual) no está alcanzada por Ganancias.
    Avanzar sobre la renta financiera: ¿una buena decisión?Más allá del impacto en las arcas fiscales, expertos consultados por este medio analizaron el alcance de la medida que el Gobierno tiene bajo estudio.
    Al respecto, Enrique Scalone, titular de la consultora que lleva su nombre, aseguró que "introducir el impuesto sobre las rentas financieras, sin establecer un ajuste por inflación,constituye un acto de irracionalidad tributaria".
    En referencia a las ganancias financieras, Julián Martín, consultor tributario, explicó que "nuestro país posee a nivel mundial una de las mayores cargas impositivas medidas respecto del PBI, por lo que derogar exenciones aumentará tal carga y desalentará las inversiones".
    En tanto, Tomás Wilson-Rae, socio del estudio que lleva su nombre, aseguró: "Desde el punto de vista de la política fiscal lo preocupante es ver a un Estado que busca desesperadamente fondos en distintos sectores productivos, aplica retenciones a las exportaciones, o dirige su mirada a la actividad financiera, tal como parecería ser el próximo escenario". 
    Elías Lisicki, titular del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, señaló oportunamente que "la discusión se enmarca en la controversia que se da en el Impuesto a las Ganancias respecto a larenta financiera, versus los salarios o la renta del trabajo personal".
    "En el campo académico hay una corriente que sostiene que los ingresos de un asalariado no deberían estar alcanzados", sostuvo el profesional.
    "Sin perjuicio de ello, la renta financiera no necesariamente debe estar gravada para que el sistema tributario sea equitativo. Decisiones de este tipo deben ser evaluadas en base al momento y al lugar en donde se aplicará la medida", advirtió Lisicki.
    El tributarista señaló que "ante la imperante necesidad de incrementar la inversión, y teniendo en cuenta que la gente abandona los plazos fijos en pesos para irse a una moneda más segura", no sería conveniente la aplicación de una medida de este estilo.
    En tanto, el consultor tributario Iván Sasovsky, destacó que "la Ley del Impuesto a las Ganancias sin dudas debe ser modificada, pero en tanto sea para solucionar errores e incorporar en su redacción nuevas situaciones y no para seguir acumulando ideas infructuosas, que no respetan la historia y la independencia de poderes que la Constitución establece y la sociedad demanda".
    Por otra parte, Marcelo Domínguez miembro de la Comisión de Estudios Tributarios de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), explicó que "si bien la gravabilidad de las rentas financieras constituye una medida adecuada desde el punto de vista político, una decisión de este tipo debiera ser analizada en función de los efectos que derivan de la misma en el actual contexto mundial de movilidad del capital financiero y de múltiples vehículos de inversión". 
    "Es decir, debe asumirse que si la actual exención impositiva de las rentas financierasconstituye un incentivo para que la persona física residente en el país, o el beneficiario del exterior realice inversiones financieras a nivel local, la eventual gravabilidad de las mismas afectará tal decisión", concluyó Domínguez.
    Plan Antievasión IIIUna de las alternativas que maneja el Ejecutivo sobre esta materia se enmarca bajo la implementación del Plan Antievasión III oportunamente adelantado por este medio.
    Como primer gran cambio, la propuesta busca convalidar la gravabilidad de las gananciasproducto de la compraventa de títulos valores y de bienes muebles amortizables.
    También se establece la exención para los resultados de transacciones de títulos valores con cotización pública.
    De este modo, la AFIP apunta a alcanzar con Ganancias "el resultado de la compraventa depaquetes accionarios de empresas no cotizantes por parte de particulares y sucesiones indivisas".
    Vale recordar que si se trata de compraventas celebradas por compañías, la operación seguirá alcanzada  en Ganancias, tal como sucede actualmente.
    Alberto Romero, consultor previsional e impositivo señaló que "este punto tiene como objetivo terminar con el desastre jurídico que se llevó adelante en 2001".
    "En tal oportunidad, el Ejecutivo había modificado Ganancias a través de la misma ley que otorgaba los polémicos superpoderes", explicó el experto.
    "Una vez caído el Gobierno de Fernando de la Rúa, en el apuro de derogar la norma, también eliminaron los cambios en el impuesto", agregó.
    Otro importante aspecto del Plan Antievasión III, cuyos detalles están bajo la lupa oficial,refiere a los fideicomisos. En efecto, la iniciativa los convierte a todos en sujetos del gravamen y a la tasa del 35%, cualquiera sea su naturaleza.
    En particular, los fideicomisos de construcción pasarán a ser considerados como una Sociedad Anónima y, como tales, estarán obligados a pagar el 35% sobre el beneficio obtenido, de aprobarse la iniciativa. 
    Hasta ahora, el pago de Ganancias queda en cabeza de quien vende el departamento (la unidad). La AFIP busca acotar el margen para que las operaciones de compraventa se hagan a un valor distinto al real.
    Al respecto, Daniel Lejtman, asociado del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, remarcó que el cambio más importante "es el que tiene que ver con la determinación del impuesto, ya quehabrá que considerar como valor de adjudicación el de mercado a esa fecha de dichas unidades".
    "En la actualidad, en el caso de los fideicomisos `al costo´, el no estar expresamente previsto en la ley del gravamen, hace que en la mayoría de los casos no se pague impuestos, en virtud de considerar que no se obtienen ganancias con el mismo", indicó el experto.
    Asimismo, Lejtman explicó que existe otra cuestión de peso en el proyecto con relación a lasoperaciones realizadas con anterioridad a la reforma.
    En este sentido, el especialista sostuvo que "está claro que esta modificación legal no puede tener `efectos retroactivos´, respecto de operaciones perfeccionadas en ejercicios fiscales cerrados".
    "Así las cosas, podría llegar a sostenerse respecto de años anteriores, como argumentación frente al criterio del fisco, que si esta referencia expresa se incorpora recién ahora a la ley del gravamen, mal podría exigirse su consideración antes de la vigencia de estas modificaciones", concluyó.
    La propuesta del ConsejoEn tanto, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño presentará en los próximos días una propuesta de reforma tributaria que también incluye, en uno de sus puntos, elavanzar sobre la renta financiera.
    De acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional.com, los ejes temáticos más importantes de la misma son:
    • Aplicar en materia tributaria el concepto de las Pyme y microempresas, de manera de dotarla de un mecanismo más ágil de determinación en el Impuesto a las Ganancias ydesgravar sus utilidades en los próximos 3 años.
    • Adoptar un régimen general de promoción de inversiones destinado a incentivar la incorporación de bienes de capital, la investigación y el desarrollo.
    • Ampliar el período de cómputo de los quebrantos impositivos de 5 a 10 años, otorgando la opción al contribuyente de hacerlo sin límite de tiempo, en cuyo caso podría aplicarlo hasta un tope del 30/50% de la ganancia gravada.
    • En materia de renta de sociedades de capital, adoptar el criterio de integración parcial de la renta atribuible al accionista, de manera de disminuir la alícuota de las empresas y gravar los dividendos en efectivo o en especie, con un crédito de impuesto.
    • Gravar ciertas ganancias de capital obtenidas por personas físicas (títulos valores,transferencias de participaciones en empresas y cesiones de créditos) a una alícuota del 15 por ciento.
    • Adopción del ajuste impositivo por inflación y reimplantación de las normas necesarias para lograr la corrección de los diversos elementos referidos a la determinación tributaria.
    • Eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y modificación del Impuesto sobre los Bienes Personales, asimilándolo a un impuesto al patrimonio neto.
    • En el IVA, propone tender a la eliminación generalizada de exenciones (excepto salud y educación), unificar las alícuotas y reducir la (alícuota) general al máximo posible, en función de razones recaudatorias, ya que se trata de una de las más altas del mundo.
    • Con relación a los derechos de exportación, se debe cumplir con el principio de legalidad, de manera que una ley debe contemplar los bienes alcanzados y sus alícuotas, estableciéndose bases para que el Poder Ejecutivo Nacional pueda modificarlos en función de razones de política económica.
    • Con relación al Monotributo, propone mantener el régimen con las actuales magnitudes, incorporadas en la reforma de 2010, remarcando la necesidad de fiscalizar a los sujetos que revistan en las categorías incorporadas.
    • Integrar las contribuciones patronales con el IVA a través de un régimen de pago a cuenta de este último.
    • Redefinir el concepto de mercadería, a los efectos de los tributos aduaneros, de manera de alcanzar a los bienes digitalizados.
    La propuesta de la entidad será recepcionada por las autoridades. La renta financiera, también en este caso, es uno de los puntos a resolver.

    No obstante, el Gobierno maneja su propia alternativa, que se enmarca dentro de esta etapa de"sintonía fina" que tiene como uno de sus ejes el capturar aquellas cajas que posibiliteninyectar algo de "oxígeno" a las cuentas del Estado, que luce un panorama fiscal agrietado.

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