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A partir de diciembre, los consorcios porteños deberán liquidar las expensas online


A partir de diciembre, los consorcios porteños deberán liquidar las expensas online
24/10/2012 El Gobierno de Mauricio Macri estableció "un modelo único de liquidación y recibo de pago" que apunta al "envío de todos los comprobantes respaldatorios por mail". Desde la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal adelantan una suba en las expensas
Por Hernán Gilardo
    En una medida que apunta a aumentar el control pero que también incrementará el costo a soportar por consorcios y propietarios, el Gobierno porteño decidió implementar la liquidación digital de expensas a partir de diciembre próximo.
    Puntualmente, a través de la flamante resolución 408, la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana estableció "un modelo único de liquidación de expensas y recibo de pago" que apunta al "envío de las liquidaciones y de todos los comprobantes respaldatorios por mail".
    La norma también obliga a unificar y estandarizar los pagos relativos a expensas, proveedores o servicios. Para ello, la reglamentación indica que deberán realizarse "exclusivamente de manera bancarizada" eliminándose, de este modo, el pago en efectivo.
    Las nuevas pautas entrarán en plena vigencia a partir del 17 de diciembre próximo.
    Aumento de las expensas
    Si bien desde el Gobierno porteño argumentan que la nueva medida apunta a mejorar el control y a potenciar el cruce de datos, desde la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (AIPH) advirtieron que la nueva normativa impactará de lleno en el monto de las expensas mensuales a cancelar.
    "La flamante resolución obliga a efectuar la liquidación bajo un modelo único, a enviar las expensas por mail, a escanear y publicar en Internet los comprobantes, a eliminar el efectivo como medio de pago válido para cobrarlas y para pagar gastos", detallaron desde la AIPH.
    "Este supuesto salto al futuro representará un costo adicional de $10 por unidad funcional aproximadamente. Es decir, unos $240 millones anuales menos para los ciudadanos de Buenos Aires", señalaron desde la Asociación.
    Conocida la avanzada, Salvador Gabriel Nicosia, Titular del Estudio SGN Contadores Públicos, aseguró que "los cambios efectuados traen aparejadas ciertas ventajas y desventajas".
    "Por el lado de las primeras, se establece una mayor claridad de acuerdo a los gastos incurridos por el consorcio contribuyendo a la uniformidad de la información y a la celeridad de la puesta a disposición de la misma. Además, la bancarización obligatoria aporta mayor seguridad y transparencia en el manejo de los fondos", aseguró Nicosia.
    "Por el lado de las desventajas, los administradores que liquidan las expensas con un sistema a medida deberán contratar a una persona idónea que les modifique los formatos y los adecue a los requeridos, siendo esto muchas veces complejo de acuerdo a cada sistema y avances tecnológicos", señaló el experto.
    "Asimismo, deberán reformular las tareas para que una persona se encargue de efectuar la dirstribución vía mail de las liquidaciones mensuales y se asegure la recepción de las mismas. Esto último como medida fehaciente para evitar futuros conflictos con los propietarios y se logre un correcto cobro de expensas", puntualizó. 
    Tampoco se puede dejar de lado la fecha en la cual comienza a regir la resolución, siendo cercana a fin de año donde la carga laboral para los administradores aumenta debido a la liquidación de vacaciones, aguinaldos y cierres de balances, entre otros conceptos.   
    La nueva liquidación por dentroEn su primer artículo, la resolución 408 dispone que los administradores de consorcios deberán implementar el modelo único digital de liquidación de expensas que estará disponible en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
    La reglamentación precisa que los administradores de consorcios deberán enviar vía correo electrónico a los copropietarios "las liquidaciones de expensas en formato digital, acompañando la digitalización de todos los comprobantes respaldatorios".
    También dispone que "todos los ingresos y egresos del consorcio deberán efectuarse en forma bancarizada a través de las cuentas bancarias que posea el consorcio".
    Dentro del anexo de la norma, el Gobierno porteño adelanta cómo serán los modelos de recibos, resúmenes de gastos y detalle de ingresos y egresos de las expensas mensuales.
    En primer término, el Ejecutivo porteño muestra cómo serán los recibos de expensas porteñas a partir de diciembre próximo:
    Al tradicional documento se le suma una planilla de resúmenes de gastos en donde se debe detallar, entre otros items:
    • Sueldos y cargas sociales.
    • Impuestos y servicios.
    • Seguros.
    • Gastos de honorarios.
    • Provisión o fondo de emergencia.
    También se deberá dar un detalle de los ingresos y egresos mensuales:

      Asimismo, se tendrá que puntualizar el activo y pasivo del consorcio, detallando los items Caja y Banco, Créditos Varios e Importes a Pagar, entre otros.
      Por otra parte, se debe dar un pormenorizado informe sobre:
      • Juicios a favor o en contra del consorcio.
      • La composición del Consejo de Administración de dicho Consorcio.
      Cruce de datos
      La digitalización de las expensas también le permitirá al Gobierno local potenciar la lucha contra la evasión. Al igual que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el fisco porteño profundizó el seguimiento de los contribuyentes "evasores" a través del cruce de datos respecto de los gastos en agua, gas, luz y telefonía.
      Se trata del régimen de información que pone la mira en los consumos públicos de las empresas porteñas. Al igual que sucede con el instrumento online nacional, la nueva obligación apunta a descubrir a las compañías que tienen cifras elevadas en servicios públicos y evaden el pago de los impuestos municipales.
      "No resulta raro encontrar personas jurídicas con facturas en servicios públicos que exceden $1.000 mensuales y que no se encuentran inscriptas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos", señaló a este medio una alta fuente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
      "La idea es ajustar el seguimiento y potenciar la detección de posibles evasores en los distintos tributos municipales", aseguró.
      Puntualmente, el régimen -que se encuentra en plena vigencia- obliga a las empresas de servicios a informar, respecto de sus clientes y usuarios, los siguientes datos:
      • Nombre y apellido para personas físicas o denominación y razón social para personas jurídicas.
      • Documento de identidad -tipo y número-.
      • Número de CUIT, CUIL o CDI.
      • Categorización frente al IVA.
      • Domicilio en el cual se realiza el suministro del servicio y el código postal.
      • Domicilio de entrega de la facturación -si lo hubiere-.
      • Actividad económica declarada.
      • Monto facturado por la provisión del servicio, durante el período informado -sin impuestos, tasas u otras cargas fiscales-.
      • Datos especiales de cada tipo de servicio.
      Estos puntos son solicitados a los agentes de información mencionados y se excluye a los correspondientes a casas de familia.

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